El Consejo de Ministros de España ha aprobado el acuerdo de los Tribunales Generales el 20 de abril para cancelar los requisitos de visado para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio entre España y Qatar.
El acuerdo alcanzado tiene como objetivo apoyar las relaciones de cooperación entre los dos países y promover la libre circulación de los titulares de estos pasaportes, según SchengenVisainfo.com.
La propuesta va de Qatar a España para iniciar negociaciones para llegar a un acuerdo conjunto hasta 2010. Sin embargo, las negociaciones entre los dos países se prolongaron durante varios años hasta que se alcanzó un acuerdo conjunto en 2019.
El acuerdo entre España y Qatar se firmó previamente en octubre de 2020 en Madrid y Doha, y tras la aprobación del Consejo de Ministros en septiembre de 2020, la ministra de Asuntos Exteriores de la Unión Europea y la ministra de Cooperación, María Hernández González Laya y el viceprimer ministro de Qatar, jeque Mohammed bin Qadir.
La oportunidad de aceptar acuerdos relacionados con la eliminación de los requisitos de visa para pasaportes diplomáticos está restringida por el Reglamento Social del 15 de marzo de 2001.
El acuerdo entre los dos países consta de 14 artículos. De estos, los primeros cuatro contienen la siguiente información:
- Artículo uno: El acuerdo establece que los ciudadanos de ambos países titulares de un pasaporte diplomático, de servicio o especial pueden permanecer en el territorio de la otra parte por un máximo de 90 días dentro de 180 días.
- Artículo dos: Este acuerdo incluye el artículo de Schengen, que calcula el tiempo que alguien ha permanecido en el territorio de cualquier país del espacio Schengen sin visado.
- Artículo tres: El acuerdo establece que los nacionales españoles titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio pueden permanecer en el territorio de Qatar por el mismo período que se menciona en uno de los artículos.
- ARTÍCULO CUARTO: Este convenio no exime a los ciudadanos de ambos países de la obligación de solicitar una reemisión de visa si la persona ha permanecido en el país por más de 90 días.
Además, los titulares de pasaportes mencionados en uno de los artículos anteriores pueden ingresar a otro estado a través de fronteras internacionales reconocidas por el estado. Además, ambas partes que posean uno de los pasaportes deben respetar las reglas vigentes del país en el que ingresan.
El acuerdo permanecerá en vigor hasta nuevo aviso. Sin embargo, las partes interesadas tienen derecho a informar sobre cualquier problema relacionado con el contrato enviando una notificación por escrito a la otra parte.
Se enfatizó que el acuerdo no incrementaría el gasto público de los países involucrados.
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